Se trata de uno de esos espacios polémicos cuando se trata de reparar desperfectos en un edificio de viviendas. ¿Quién se encarga de las reparaciones en la terraza? ¿Cuándo corresponde al propietario? ¿Y cuándo a la comunidad? Para saberlo, primero habrá que dilucidar de qué se tratan los desperfectos y cuáles son sus causas.
Hay que tener en cuenta que, aunque en muchos casos el propietario tiene el uso exclusivo de la terraza, ésta suele tiene un ‘carácter mixto’, es decir, compatibiliza su carácter común con el uso privativo. En este caso el acceso a la terraza sólo puede realizarse a través de la vivienda de uno de los propietarios, que es quien suele tener asignado su uso. En estos casos es cuando resulta más complicado determinar a quién corresponde el pago de las reparaciones.
En cualquier caso, hay que valorar si el desperfecto se ha producido de forma espontánea (por deterioro de los elementos o por influencia de factores meteorológicos) o si el origen del mismo está en un mal uso o la utilización de materiales agresivos. Hay que tener en cuenta otras posibles causas como un defecto de construcción o un siniestro. Conocer la causa será fundamental para determinar quien debe asumir los costes de la reparación.
Para cualquier tipo de consulta legal, os conviene saber que en el artículo 396 del Código Civil está recogido todo lo que se refiere a fachadas y terrazas.
Si tenéis que realizar cualquier reparación en vuestra terraza, y queréis hacerlo con todas las garantías, no dudéis en llamar al 902 12 12 32 – 96 317 69 15 y pedir un presupuesto sin compromiso con nosotros.